Sociedad | 12/05/2024

Más de 200 organizaciones rechazan cambiar la Ley 348 y exigen su implementación efectiva

Entidades defensoras de los derechos de las mujeres y niñas, organizaciones sociales y colectivos feministas se pronunciaron en contra de cualquier reforma. Se reunieron con el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, y otros legisladores para realizar un diagnóstico a la norma.

Representantes de organizaciones reunidas con legisladores para realizar un diagnóstico a la Ley 348. Foto: cuenta de X de Andrónico Rodríguez.

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Brújula Digital|12|05|24|

Más de 200 entidades defensoras de los derechos de las mujeres y niñas, organizaciones sociales y colectivos feministas se pronunciaron en contra de cualquier reforma a la Ley 348 en los términos que plantea un proyecto normativo que, entre otros aspectos, elimina la premisa de evitar la revictimización de las denunciantes.

Delegadas de las organizaciones se reunieron el 8 de mayo con el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, la senadora Patricia Arce, quien presentó la propuesta normativa, el senador Miguel Rejas y representantes de ONU Mujeres, entre otras entidades, para realizar un diagnóstico de Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia.

Luego del encuentro, las entidades lanzaron un pronunciamiento en el cual además de rechazar el cambio a la Ley 348 exigieron al Órgano Ejecutivo y los gobiernos subnacionales implementar efectivamente esta norma “con la asignación de los recursos humanos y materiales necesarios”.

También demandaron a la Asamblea Legislativa Plurinacional que fiscalice el trabajo de las instancias responsables de implementar la norma y plantearon que la Defensoría del Pueblo, con la asistencia técnica del Sistema de las Naciones Unidas y el apoyo de la cooperación internacional, realice un “Informe de Cumplimiento de la Ley 348” serio, imparcial y objetivo.

Las organizaciones destacan que la promulgación de la Ley 348, el 9 de marzo de 2013, marcó un hito histórico para Bolivia; sin embargo, reconocen que a 11 años de su vigencia no se ha logrado su aplicación plena debido a que las instancias nacionales y subnacionales competentes, incluida la Asamblea, “han descuidado cumplir su rol” para efectivizar esto.

“No podemos responsabilizar a la Ley 348 de la ineficiencia en su aplicación”, añade el pronunciamiento.

El mes pasado, la ley fue cuestionada por Rodríguez, quien indicó que parece ser una norma “antihombres” que se volvió una herramienta para la extorsión y destruir familias. Si bien dijo que se lograron avances, insistió en que es necesario modificarla.

La Defensoría del Pueblo también se pronunció en ese sentido y exhortó a la Asamblea Legislativa a priorizar ajustes de fondo. Otros legisladores se sumaron al criterio de Rodríguez y grupos de personas protestaron en contra de la ley en inmediaciones del Legislativo.

“Reconocemos que esta ley representa un gran avance, pero requiere mejoras significativas para combatir con mayor eficacia delitos como la violación y el feminicidio”, escribió Rodríguez en su cuenta de X, luego de la jornada de diagnóstico. Resaltó que es “crucial escuchar todas las voces” y “abordar preocupaciones sobre denuncias falsas”.

Detalles

El artículo 2 del proyecto de ley deja fuera el concepto de revictimización y establece que en caso de violencia sexual “la autoridad fiscal deberá recibir la declaración de la víctima en cámara Gesell, con asistencia de peritos especializados, de tal forma que, a la conclusión del acto de declaración, los mencionados peritos presenten dictamen sobre la veracidad del testimonio de la víctima, que constituye prueba fundamental que debe ser necesariamente corroborada por otros medios de prueba”.

En cambio, la Ley 348, en su artículo 94, establece: “Ninguna mujer debe tener la responsabilidad de demostrar judicialmente aquellas acciones, actos, situaciones o hechos relacionados con su situación de violencia; será el Ministerio Público quien, como responsable de la investigación de los delitos, reúna las pruebas necesarias (…) procurando no someter a la mujer agredida a pruebas médicas, interrogatorios, reconstrucciones o peritajes, careos que constituyan revictimización”.

El pronunciamiento concluye con la advertencia de que “revisar la Ley 348 constituye un grave peligro, se corre el riesgo de retrocesos en su concepción progresista, su coherencia con la Constitución Política del Estado y su esencia de defensa de los derechos humanos de las niñas y mujeres”.

BD/JA



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