El Decreto Supremo 4971 tiene el propósito de prevenir enfermedades estacionales respiratorias para proteger, precautelar la salud y bienestar de las servidoras y los servidores públicos y de las trabajadoras y los trabajadores.
Funcionarios públicos se beneficiarán de un horario de invierno. Foto Radio Camelohit
Brújula Digital |28|06|23|
A partir del lunes 3 de julio, rige el horario de invierno en la jornada laboral tanto en el sector público como en el sector privado. Durante este periodo, el horario discontinuo de lunes a viernes, desde las 09:00 a 12:30 y de 14:30 a 19:00 horas.
El Decreto Supremo 4971 tiene el propósito de prevenir enfermedades estacionales respiratorias para proteger, precautelar la salud y bienestar de las servidoras y los servidores públicos y de las trabajadoras y los trabajadores, durante la temporada de temperaturas bajas.
"La aplicación del horario de invierno
establecido en el Parágrafo precedente, debe ser coordinado y supervisado por
las unidades de recursos humanos en el sector público; en el sector privado, el
horario de invierno deberá ser adecuado a sus modalidades y horarios de trabajo
con la instancia responsable de recursos humanos u oficinas de personal",
señala el DS.
La norma también permite que el horario de
invierno laboral podrá extenderse con base a los informes emitidos por el
Ministerio de Salud y Deportes y el Servicio Nacional de Meteorología e
Hidrología, el cual será comunicado a través de instructivos emitidos por el
Ministerio de Trabajo.
BD
@brjula.digital.bo