Sociedad | 26/01/2022

Defensoría censura labor de la Policía y la Fiscalía en el caso del “psicópata sexual”

La defensora del Pueblo interina anunció que hará el seguimiento del caso para vigilar el avance en las investigaciones y el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de la Policía Boliviana y el Ministerio Publico

Nadia Cruz, defensora del pueblo interina criticó la "ineficacia" de la Policía y Fiscalía Foto/RRSS

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Brújula Digital |26|01|22|

La Defensora del Pueblo interina, Nadia Cruz, criticó la ineficacia investigativa de la Policía Boliviana y de la Fiscalía en el caso de Richard Ch. F., identificado como un “psicópata sexual”, que este miércoles volvió al penal de Chonchocoro, acusado por la muerte de dos adolescentes y de haber abusado a al menos 77 mujeres.

“En este caso, ni la Policía Boliviana ni la Fiscalía General han cumplido con su obligación de investigar de manera efectiva y con la debida diligencia”, dijo Cruz.

Además, enfatizó que en “el deber de investigar debe cumplirse con seriedad y no como una simple formalidad, lo que condena de antemano a que estas labores sean infructuosas”.

Agregó que las investigaciones deben llevarse con todas las “actuaciones y averiguaciones necesarias para obtener los resultados que se requieren. Sin embargo, dijo que los mismos “no fueron cumplidos cabalmente en el caso de la denuncia de las dos adolescentes desparecidas”.

El agresor, Richard Choque, confesó el crimen de las dos menores de edad que fueron encontradas el martes por la Policía Boliviana en la vivienda de su madre, ubicada en la zona Ballivián de El Alto, que en horas de la noche intentó ser quemada por vecinos del lugar que pedían el desalojo de la familia del detenido.

La crítica y reclamo de Cruz se debe a que, en el 2013, Choque fue condenado por el delito de asesinato de una mujer de 20 años, pero el sujeto se encontraba libre.

“Las denuncias de desaparición de las adolescentes Lucy M.R.Z., de 17 años de edad, e Iris M.V.C, de 15 años de edad, datan de mayo y agosto de 2021, respectivamente, es decir que han transcurrido siete y cinco meses, aproximadamente. Ahora recién se logra dar con su paradero, gracias a una confesión. Y por la data del tiempo y la descomposición de los cuerpos no se puede determinar la causa de la muerte. La actuación de la Policía y de la Fiscalía son cuestionables”, aseveró la Defensora.

Exhortó que, respecto a las denuncias de las más de 70 mujeres, las autoridades deben cumplir con el deber de protección reforzada a las mujeres víctimas. “Además de que actúen con la debida diligencia, velando para que no se incurra en la revictimización, que se adopten las medidas de protección de las víctimas y se garantice el esclarecimiento de los hechos y se sancione a los responsables”.

Cruz dijo que causa extrañeza que el sistema de justicia penal permita la liberación de autores de delitos de asesinato, que conforme el artículo 252 del Código Penal se sanciona con una pena de 30 de presidio sin derecho a indulto.

“De acuerdo con el artículo 138 de la Ley 2298 estos tipos penales no ameritan redención, lo que supone que la sentencia debería haberse cumplido, mínimamente, unos 20 años en privación de libertad. Si tomamos en cuenta que la sentencia data de 2013, recién en 2033 podía optar a la libertad provisional o en su defecto salir en libertad en 2043”, detalló la Defensora.

BD/MC



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