Sociedad | 10/01/2019

Policía recuerda que sólo firmas de seguridad que tengan licencia de funcionamiento pueden ser contratadas

El tríptico asegura que “si usted cuenta con vigilantes no autorizados”, corre el riesgo de “ser pasible a sanción pecuniaria cancelada en cuenta fiscal". ENTEL inició un juicio penal contra Raúl Peñaranda, director de Brújula Digital, por haber mencionado exactamente eso.

Partes del tríptico de la Policía.

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Brújula Digital |10|1|19
Un tríptico de la Policía boliviana distribuido en un reciente foro organizado por el viceministro de Seguridad Ciudadana, Wilfredo Chávez, señala que las empresas que contraten firmas de seguridad deben cerciorarse de que tengan su licencia de funcionamiento.

La empresa ENTEL anunció un proceso penal contra el periodista Raúl Peñaranda, director de Brújula Digital, por la publicación de una nota periodística que señala exactamente aquello.

“Las empresas públicas, privadas y ciudadanía en general en todo el Estado Plurinacional de Bolivia que requieran realizar la contratación de servicios de una empresa de seguridad privada de vigilancia deberán exigir la presentación de la licencia de funcionamiento autorizada por la Policía boliviana” dice el tríptico.

El tríptico asegura también que “si usted cuenta con vigilantes no autorizados”, corre el riesgo de “ser pasible a sanción pecuniaria cancelada en cuenta fiscal especificada en el artículo 30 del ROEPV si contrata servicios de vigilancia sin autorización de la Policía boliviana y ratificado por el Ministerio de Gobierno”.

El folleto agrega que la Dirección Nacional de Control de Empresas Privadas de Vigilancia de la Policía regula y autoriza, además de empresas de vigilantes, el funcionamiento de empresas de blindaje y las dedicadas al suministro de equipos de protección electrónica.

El 21 de diciembre pasado, Brújula Digital publicó la nota “Licitación de ENTEL para contratar empresa de seguridad no exige a las firmas ser legalmente reconocidas” y ello derivó en un anuncio de proceso penal contra Peñaranda.

ENTEL asegura que cuando se trata solamente de instalación de cámaras, no de su operación posterior, no se requiere la exigencia de la licencia de funcionamiento, pero ello es incorrecto si se considera el RM 021 B/2013. Ésta establece, en su artículo 187, que solo las empresas “debidamente autorizadas”, pueden ofrecer los servicios de ventas, instalación y otros de equipos de seguridad electrónica.

Brújula Digital pidió a ENTEL, mediante carta, una entrevista con el gerente general, Oscar Coca, pero ese asunto no obtuvo respuesta.



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