Reportajes | 28/01/2020

La Alcaldía de La Paz fija cuatro requisitos para autorizar las fiestas con fines económicos en Carnaval

El horario de permiso para este tipo de fiestas es de 13:00 a 24:00. Al interior de los locales está prohibido fumar en ambientes cerrados.

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Brújula Digital|28|01|20|

La Alcaldía de La Paz fijó cuatro requisitos para dar permisos a las fiestas relacionadas con el Carnaval que tengan fines económicos y que se efectúen en espacios privados. Uno de los objetivos de la autorización de la comuna es garantizar el cumplimiento de condiciones técnicas y de seguridad.

Los trámites deben realizarse con anticipación para posibilitar las inspecciones al lugar del evento, según detalla un comunicado de la Secretaría Municipal de Desarrollo Económico que se encargará de emitir los documentos. El horario de permiso para este tipo de fiestas es de 13:00 a 24:00.

Los requisitos

Para obtener la autorización, los responsables de los referidos eventos deben dirigirse a la plataforma empresarial de actividades económicas de la subalcaldía que le corresponda con cuatro requisitos.

El primero es remitir una carta notariada, en formato de declaración jurada, dirigida al subalcalde del macrodistrito, en la que el representante de la fiesta debe asumir la responsabilidad civil en caso de accidentes; declarar el cumplimiento de condiciones técnicas, la superficie en metros cuadrados, la capacidad de personas participantes y autorizar el ingreso de personal edil al inmueble.

Segundo, se debe proceder al registro ciudadano en la plataforma iGob 24/7 https://igob247.lapaz.bo/. Tercero, se debe tramitar la licencia de funcionamiento vigente de la actividad económica no vinculada al expendio y consumo de bebidas alcohólicas del lugar de la fiesta. Y cuarto, de realizarse la fiesta en un inmueble particular deberá presentar en fotocopia simple de sus documentos de propiedad adjuntando una carta.

La misiva señala que de ser propietario, se debe llevar el folio real o tarjeta de propiedad, testimonio de propiedad y croquis de ubicación. Y en caso de no ser propietario, adjuntar el contrato de arrendamiento o anticresis que especifique el fin para el cual fue otorgado. Este deberá especificar la realización de la fiesta, más un croquis de ubicación.

Condiciones técnicas

Los responsables de las fiestas deben cumplir nueve condiciones técnicas. Primero, incluir un extintor por cada 50 metros cuadrados para espacios cerrados y en abiertos, uno por cada 200 metros cuadrados. Segundo, debe tener personal de seguridad, al interior y exterior del inmueble.

Tercero, contar con servicios sanitarios señalizados; cuarto, conexión eléctrica e iluminación adecuada; quinto, mecanismos para atenuar la contaminación acústica; sexto, cámaras de seguridad y monitoreo electrónico que garantice la grabación de imágenes de todo el establecimiento; séptimo, botiquín de primeros auxilios (uno por cada 100 personas) y envases desechables. Octavo, ventilación adecuada de acuerdo a  la infraestructura.

El noveno requerimiento es que en el espacio se deben exhibir las leyendas: Todos somos iguales ante la ley; prohibido fumar en ambientes cerrados; el consumo excesivo de alcohol es dañino para la salud; venta prohibida a menores de 18 años; prohibido el ingreso de menores de 18 años (en fiestas donde se expenda bebidas alcohólicas).

Obtención de permisos

Una vez enviada la solicitud, personal de la Alcaldía revisará el cumplimiento de los requisitos y, si se cuenta con todos, otorgará la Patente Municipal de espectáculos Públicos o Actividades Recreacionales Temporales. El representante de la fiesta deberá pagar la patente, posteriormente y previo al inicio de la fiesta la Intendencia Municipal verificará el cumplimiento de las condiciones técnicas.

En caso que esa entidad identificara irregularidades o no cumpla con las condiciones técnicas, la fiesta será suspendida y el pago por patente pasará a favor del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.



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