Política | 31/08/2023

Senado aprueba ley para elecciones judiciales; se preseleccionará candidatos en 44 días y habrá veedores

Tras un acuerdo entre las tres bancadas del oficialismo y la oposición, se aprobó la ley para las elecciones judiciales. Se aceptan veedores nacionales e internacionales para el proceso de preselección de candidatos

Foto: Senado

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Brújula Digital |31|08|23|

Sorpresivamente, tras reuniones de consenso entre el oficialismo y la oposición, la Cámara de Senadores aprobó la tarde de este jueves, por más de dos tercios de voto, el proyecto de ley para las elecciones judiciales 2023-2024, el mismo que prevé la preselección y selección de candidatos en 44 días y acepta la participación de veedores nacionales e internacionales.

El acuerdo alcanzado entre los representantes de las tres fuerzas políticas que tienen representación parlamentaria permitió la aprobación en poco más de una hora de sesión de la norma, en sus estaciones en grande y detalle, que da curso a las elecciones judiciales, pese a que el lunes 4 de septiembre se vencía el plazo que fue otorgado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para la entrega de nóminas de candidatos judiciales.

De esa forma se da curso de nuevo al proceso de elecciones judiciales, luego de que a fines de abril quedó suspendido el proceso por un recurso de inconstitucionalidad presentado en contra de la normativa que lo sustentaba. A inicios de este mes, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró inconstitucionales la convocatoria y los requisitos para los candidatos, por lo que exigió al Legislativo la aprobación de esa normativa por al menos dos tercios de voto.

Los plazos procesales y procedimentales para la preselección de candidatos, para los comicios y la posterior posesión de autoridades electas fueron reformados a través de esta norma acordada por el oficialismo y la oposición, en sus disposiciones adicionales.

En ese entendido, las fuerzas acordaron el contenido de la normativa que tiene 37 artículos, siete disposiciones adicionales y una disposición final. El documento fue remitido a la Cámara de Diputados para su respectiva revisión y sanción.

A través de esta norma, se declaró en sesión permanente, por tiempo y materia, a las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia, para que lleven adelante el proceso de preselección de candidatos judiciales.

En el artículo 7 del proyecto de ley, referido a la objetividad y transparencia, se admite como veedores nacionales de preselección de candidatos a representantes de universidades públicas; colegios de abogados auditores y contadores; asociaciones de periodistas; fundaciones civiles y organizaciones sociales indígenas, gremiales, empresariales o cualquier naturaleza, cuyo informe será leído en el pleno de la Asamblea antes de la votación para la aprobación de listas de candidatos judiciales.

En el artículo 8 se acepta como veedores internacionales a representantes de la Organización de Naciones Unidas (ONU) y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

En el artículo 14, de la “ruta crítica” de la preselección de candidatos judiciales, se establece otorgar: un día para la publicación de la convocatoria, 15 días para la presentación de postulaciones, 10 días para la verificación de requisitos, un día para la publicación de lista de postulantes habilitados, dos días para la presentación de impugnaciones, cuatro días para la resolución de impugnaciones, dos días para la aprobación de informes, ocho días para la sesión de la Asamblea para aprobación o rechazo de los informes y un día para la remisión al Tribunal Supremo Electoral de la nómica de candidatos.

BD/JJC

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