Política | 27/12/2021

Según defensa de Percy Fernández, la salud del exalcalde le impide ser parte de juicios

El abogado Ciro Añez presentó los informes de cuatro médicos que certifican el estado de salud del exalcalde Percy Fernández. Pidió que el IDIF compruebe la veracidad de los informes y que su cliente no sea parte del proceso por ítems fantasma

Exalcalde Percy Fernández. Foto: Erbol

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Brújula Digital |27|12|21|El abogado Ciro Añez, defensor del exalcalde cruceño Percy Fernández, afirmó que el deteriorado estado de salud de la exautoridad le impide comprender actos procesales, aspecto que ya fue hecho conocer al juez que lleva la causa de los “ítems fantasma” en la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra.

A través de un comunicado, Añez afirmó que el 21 de diciembre se hizo conocer al Juez Cuarto de Instrucción Anticorrupción, juez de garantías constitucionales y quien ejerce el control jurisdiccional sobre el caso de ítems fantasma, sobre el delicado estado de salud actual de Fernández, de 82 años de edad.

En esta jornada se conoció que el Ministerio Público convocará a declarar a Fernández dentro del caso ítems fantasma, irregularidad que se habría cometido en la gestión del propio Fernández y de la exalcaldesa Angélica Sosa. 

El jurista señaló que los informes de cuatro médicos especialistas, con la historia clínica del paciente, muestran y evidencian el “deteriorado y crítico estado de salud psico-corporal” de Fernández, que le impiden comprender los actos del proceso y que, por ende, no se encuentra en las condiciones de asumir defensa ni tomar parte en procesos judiciales.

“Ante esta situación, se ha solicitado la aplicación del artículo 86 del Código de Procedimiento Penal y hemos requerido la intervención de profesionales médicos del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), para que ellos mismos confirmen el grave estado de salud del paciente y su incapacidad de defenderse o de tomar parte de un proceso judicial”, acotó Añez.

El citado artículo del Código de Procedimiento Penal establece que cuando la persona se encuentra delicada y deteriorada en su estado de salud mental, lo que le impide comprender los actos del proceso, el juez o tribunal debe ordenar su reconocimiento pericial (de allí, que hemos solicitado que el IDIF intervenga para que confirmen el grave estado de salud del paciente). 

La defensa de Añez señaló que comprobado ese extremo, de deteriorado estado de salud, la ley establece que el juzgador deberá ordenar, por resolución, la suspensión del proceso para quien lo solicita hasta que desaparezca dicha incapacidad.

“Cabe mencionar, que la familia también ha solicitado al juez de garantías constitucionales, que se garanticen sus derechos, el principal, el derecho a la vida, dado que, en su actual estado de salud, el someterlo a mi defendido, a un proceso judicial de esa naturaleza, podría agravar aún más su estado de salud y poner en riesgo su vida”, señaló Añez.

BD/JJC

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