Política | 02/09/2021

Al menos tres exmagistrados que validaron la reelección perpetua de Evo trabajan en el Gobierno

La sentencia abrió la puerta para que Morales postule a un cuarto mandato continuo pese a que la Constitución permite una sola reelección presidencial consecutiva.

Instalaciones del Tribunal Constitucional Plurinacional en la ciudad de Sucre. Foto: Correo del Sur

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Brújula Digital |02|09|2021|

La sentencia constitucional que dio luz verde a la reelección perpetua a Evo Morales en 2017 fue firmada por casi todos los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional a excepción de Efren Choque, quien no participó de la reunión de Sala Plena.

De los seis tribunos que quitaron el candado constitucional a la reelección presidencial indefinida, al menos tres trabajan en instituciones del Estado según un relevamiento realizado en base a las declaraciones juradas registradas en la página web de la Contraloría General del Estado.

Macario Lahor Cortez Chavez cumple funciones en la Agencia de Infraestructura en Salud y Equipamiento (Aisem), según la declaración realizada el 1 de julio de este año.

Ruddy José Flores Monterrey es funcionario de la Vicepresidencia y registra bienes por 1.215.652 bolivianos.

Neldy Virginia Andrade Martínez, en noviembre de 2020, fue registrada como funcionaria de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (Ajam).

Mirtha Camacho Quiroga está registrada como funcionaria del Servicio Departamental de Educación de Oruro, según la declaración jurada registrada el 22 de noviembre de 2020.

El 28 de noviembre de 2017, cinco magistrados presididos por el magistrado Cortez Chavez, aprobaron la Sentencia Constitucional Plurinacional 0084/2017 que establece que la reelección presidencial indefinida es un derecho humano bajo una interpretación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Esta sentencia constitucional abrió la puerta para que Morales busque en 2019 un cuarto mandato pese a que la Carta Magna establece una sola reelección continua.

El TCP desconoció los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016 que rechazó la modificación del artículo 168 de la Constitución y la reelección del binomio oficialista en las elecciones del 20 de octubre de 2019.

Los resultados de esos comicios fueron anulados por la Asamblea Legislativa, con mayoría del MAS, después de que se corroboró un fraude electoral que a su vez derivó en la renuncia de Evo Morales y su huida a México ante el cerco de movilizaciones en su contra y enfrentamientos entre civiles.

Para el exmandatario y su partido, eso fue un “golpe de Estado” encabezado por Jeanine Añez y otros políticos con apoyo de fuerzas militares, policiales, embajadas, OEA y con respaldo de la “derecha internacional”.

El 13 de agosto de este año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) concluyó ante una Opinión Consultiva que la “reelección presidencial indefinida no es un derecho humano autónomo” y es contraria a la Convención Americana y a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

“En primer lugar, la Corte concluyó que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano autónomo, pues no cuenta con reconocimiento normativo en la Convención ni en la Declaración Americana, y de forma general, en el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos, en otros tratados internacionales, en la costumbre regional, ni en los principios generales de derecho”, señala una parte del documento.

BD/JCV



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