Política | 18/08/2021

Rechazan por segunda vez la cesación de detención de exanalista de la AJAM, hijo de Diputado de CC

El abogado Diego Benavides, hijo del diputado de CC, Guillermo Benavides ve móviles políticos tras su detención.

Diego Benavides, exanalista jurídico de la AJAM. Foto: Familia Benavides

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Brújula Digital|18|08|21|

Por segunda vez, la jueza Cuarto Anticorrupción, Melina Lima Nina rechazó la cesación de detención del exanalista de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), Diego Benavides, también hijo del diputado de Comunidad Ciudadana (CC), Guillermo Benavides.

La información fue proporcionada a Brújula Digital por el abogado Juan Carlos Camacho, defensor del exjurista de la AJAM, quien se encuentra con detención preventiva en el penal de San Pedro, luego que fuera imputado por los presuntos delitos de uso indebido de influencias; incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y a las leyes, en el ejercicio de sus funciones durante el año 2020.

“A criterio de la jueza hay el riesgo que mi defendido influya negativamente en las declaraciones de los testigos, pero no hay esa posibilidad porque ellos ya prestaron sus declaraciones (…). Y dijo que tiene que analizarse integralmente las declaraciones con el peritaje de la documentación”, señaló el jurista.  

Sin embargo consideró que cada vez está más cerrado el caso, como para que la Jueza siga rechazando la cesación de detención de Diego Benavides, quien ha demostrado que entre sus competencias durante los cuatro años que trabajó en la AJAM departamental de La Paz, jamás emitió resoluciones, que es uno de los delitos por los que se le ha imputado.

El joven abogado (30) pasó de analista jurídico a denunciado en una conferencia de prensa ofrecida por la directora ejecutiva la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), Brenda Lafuente, en un caso al que denominó “segundo hecho de corrupción del Gobierno de facto”.

Benavides no solo denunció que fue aprehendido por un policía vestido de civil a plena luz del día, sin orden judicial, sino que fue trasladado a las oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) en una camioneta de la AJAM.

“Fui citado el 10 de junio a las 13.00 horas, me presenté en la Fiscalía, presté mi declaración y salí de la misma sin ninguna restricción. A las 10.00 horas del lunes 14 de junio fui aprendido al salir de mi oficina particular ubicada en la calle 6 de agosto y Pedro Salazar. Un policía vestido de civil se me acercó y me dijo que lo acompañe, no me mostró ningún mandamiento de aprehensión, ni me dijo su nombre completo, posteriormente fui conducido a la FELCC en una camioneta de la AJAM. Tardaron más de media hora  en notificarme con la resolución y mandamiento de aprehensión”, relató a este medio.

El ser el único detenido en este caso en el que denunciaron también al Director Departamental de la AJAM La Paz y al Jefe de Otorgaciones Mineras, es una muestra clara  que se trata de “una revancha política”, según el jurista.

“Era analista legal, un cargo técnico de menor responsabilidad que los co-sindicados. La AJAM pretende hacer ver que mi persona estuvo detrás de todo. Además de usarme de trofeo para intentar desprestigiar a Comunidad Ciudadana”, señaló.

El diputado Guillermo Benavides presentó peticiones de informe escritas dirigidas al ministro de Minería, Ramiro Villavicencio para que responda por qué designó a Brenda La Fuente como Directora de la AJAM; cuando la normativa vigente exige que tenga al menos seis años de experiencia específica en el sector, y la citada funcionaria solo tendría cuatro de manera general. Sin embargo la autoridad no respondió.

Diego Benavides explicó que se le asignó el trámite de solicitud de contrato administrativo minero correspondiente a la Cooperativa Minera Aurífera San Miguel de Huachi para su revisión y análisis, del cual pudo evidenciar que la providencia de agosto de 2015, dispone la radicatoria de trámite en la AJAM, y observó requisitos faltantes establecidos en la Ley de Minería y Metalurgia y el Reglamento de Otorgación de Derechos Mineros.

“Observé dos errores que a la larga podían acarrear la nulidad del trámite: uno, dicha providencia nunca fue notificada a la cooperativa, y segundo, la providencia no otorga un plazo para la subsanación de requisitos tal como lo establece el artículo 9 del reglamento de otorgación de derechos mineros, ni establecía una sanción en caso de incumplimiento”, manifestó.

En ese sentido, se emitió un auto que dispuso la notificación de la providencia de 2015 y se otorgó el plazo de 15 días para que la cooperativa subsane los requisitos faltantes bajo advertencia de tener por rechazada la solicitud  tal como lo establece el artículo 12 del reglamento de otorgación de derechos mineros.

Dicho auto fue sustentado legalmente con el principio de impulso procesal de oficio establecido en el artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo y el inciso G del artículo 62 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo que establece que: ordenar la subsanación de defectos en las presentaciones de los interesados y disponer las diligencias que sean necesarias para evitar nulidades.

“Si la cooperativa hubiera cumplido con la presentación de los requisitos, el trámite no se hubiera rechazado y se encontraría sin vicios que puedan afectarlo en el futuro. Asimismo dicho trámite se encontraría a la espera de la normativa específica para la prosecución de trámites en áreas forestales”, explicó .

Siendo que la cooperativa no presentó recurso de revocatoria en el plazo de 10 días como lo establece la ley de mineria y metalurgia y la ley de procedimiento administrativo se remitió la resolución administrativa de rechazo a la Dirección de Catasgtrto y Cuadriculado Minero (DCCM) quien se encarga de publicar la resolución de rechazo en la Gaceta Minera a efectos de publicidad y liberar el área minera para que cualquier persona pueda volver a solicitar el área minera. 

“Es importante señalar que es la DCCM quien otorga el certificado de área minera libre y reserva el área minera a las personas interesadas y no así los analistas legales o cualquier funcionario de la Dirección Departamental de La Paz, tal como pretende hacer ver la AJAM en su denuncia, alegando que yo favorecí a dos empresas y les otorgué el derecho de prioridad”, explicó.

De lo expuesto, dijo que se puede evidenciar que no existe incumplimiento de deberes. “No existe resoluciones contrarias a la constitución y a las leyes porque mi persona no tenía facultades para dictar resoluciones, y la AJAM no señala qué ley se vulneró. No existe uso indebido de influencias”, señaló.

Ya van más de dos meses desde que Diego Benavides se encuentra recluido en La Posta de la cárcel de San Pedro de la ciudad de La Paz.

En las últimas horas, 13 diputados de CC presentaron querella penal en contra del Ministro de Minería, por designación ilegal de la actual Directora de la AJAM.

BD JMC



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