Política | 30/06/2021

Constitucionalistas refutan a Lima; afirman que la reelección indefinida está vigente

El exdecano del TCP Marco Baldivieso y Williams Bascopé aseguran que la sentencia constitucional que avaló la reelección indefinida está vigente porque no hay otro fallo que lo module o anule. El Ministro de Justicia dijo que ya “no existe”. Incluso, este año, un candidato edil chuquisaqueño se postuló por cuarta vez, aseguró Baldivieso

Ministro de Justicia Iván Lima. Foto: Los Tiempos

bannercenter
pub_h_mob
Brújula Digital |30|06|21|

Los constitucionalistas Marco Baldivieso y Williams Bascopé refutaron este miércoles al ministro de Justicia, Iván Lima, quien afirmó que la reelección indefinida no está vigente en el país. Los abogados coincidieron en señalar que la Sentencia Constitucional 084/2017 está vigente mientras no haya otra sentencia que la module, anule o la deje sin efecto.

La polémica sobre la relección indefinida en Bolivia cobra vigencia mientras la Corte Interamericana de Derechos Humano (Corte IDH) “edita” la Opinión Consultiva que debe emitir respecto a que si la repostulación de autoridades es un derecho humano, ante un requerimiento solicitado por Colombia.

En Bolivia, exmagistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitieron la Sentencia Constitucional 084/2017 en la que interpretaron el Pacto de San José y reconocieron la reelección indefinida como un derecho humano, para dejar sin efecto el artículo 168 de la Constitución Política del Estado, que reconoce la reelección de autoridades por una sola vez, y habilitar a Evo Morales y Álvaro García Linera a las elecciones generales de 2019, comicios que fueron anulados por denuncias de fraude.

Al respecto, el martes, Lima afirmó que “la Constitución dice que se puede hacer una reelección, una sola y seguida. Lo que decía la sentencia constitucional 084/2017 era que en Bolivia podía darse una serie de reelección, una, dos, tres, cuatro, cinco seis. Ese elemento que decía la sentencia constitucional ya no existe en el país… Es decir que, en este momento, no hay reelección indefinida. Si la Corte (IDH) nos dice (que) no hay reelección indefinida, nosotros les diremos gracias por su opinión, pero en Bolivia ya está resuelto este problema”.

En respuesta a esa afirmación, el constitucionalista Baldivieso, quien además es exdecano del TCP, afirmó que la Sentencia Constitucional 084/2017 está vigente no sólo porque no hay otra sentencia que la modula o deja sin efecto, sino que en las elecciones subnacionales de este año, Daniel López, candidato del MAS a la Alcaldía de Huacareta, fue habilitado por cuarta vez, precisamente bajo el amparo del fallo del TCP citado.

En criterio de Baldivieso, el TCP emitió su fallo en 2017 en contra del mandato de la Carta Magna, malinterpretando la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En ese sentido, indicó que los exmagistrados del TCP cometieron el delito de prevaricato.

“Esa sentencia tiene que corregirse, está vigente, el doctor Lima parece que no entiende de la vinculatoriedad y obligatoriedad que también la propia Constitución señala de las resoluciones del Tribunal Constitucional. Así no nos guste esa sentencia, mientras no cambie, mientras no haya otra sentencia que la module o modifique, esa sentencia sigue vigente”, sostuvo el exdecano del TCP.

Una posición jurídica similar tiene el constitucionalista Williams Bascopé, quien afirmó que los exmagistrados del TCP “perforaron” la Constitución Política del Estado con la Sentencia 084/2017, un fallo que actualmente está vigente.

“Hay un derecho humano basado en la Convención de Derechos Humanos y lo ha perforado, el vigilante el garante de la Carta Magna ha apuñalado de manera artera a la Constitución no hay otra sentencia constitucional que lo anule o lo deje sin efecto (a la 084/2017). Hemos solicitado que se module esa sentencia y el TCP actual no lo ha realizado… Lo que diga el ministro de la ‘injusticia’ es faltar a la verdad porque él mismo defendía esta sentencia constitucional”, declaró Bascopé.

Según ambos constitucionalistas, una vez que se conozca el dictamen de la Corte IDH, cuya Opinión Consultiva es vinculante, de manera obligatoria los actuales magistrados del TCP deben modular, dejar sin efecto o modificar la Sentencia Constitucional 084/2017.

Además, Baldivieso y Bascopé advirtieron que esa Opinión Consultiva de la Corte IDH debe dar un impulso al proceso en contra de los exmagistrados del TCP que dieron curso a la reelección indefinida en Bolivia en contra de la Constitución Política del Estado y del referéndum del 21 de febrero de 2016 que dijo No a la repostulación indefinida de autoridades a través del voto popular.

Los exmagistrados que avalaron la reelección indefinida en 2017 fueron Macario Lahor Cortez, Oswaldo Valencia, Zenón Bacarreza, Mirtha Camacho, Ruddy Flores y Neldy Andrade.

BD/JJC

bannercenter
pub_h_mob


bannercenter
pub_h_mob
pub_med
pub_med
pub_med
pub_med
@brjula.digital.bo
pub_med
pub_med
pub_med
pub_med