Política | 04/09/2020

Bolivia denuncia a Evo, Huarachi y Loza por “delitos de lesa humanidad” ante Corte Penal Internacional

El procurador General del Estado presentó la denuncia a la fiscal general de la CPI, Fatou Bensouda. Dijo que recurrió a esta instancia “ante la imposibilidad de aplicar la justicia al interior del país y conocida la parcialidad”.

El procurador José María Cabrera junto a fiscal general de la CPI, Fatou Bensouda, en La Haya. Foto: ABI

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Brújula Digital |04|09|20|

La Procuraduría General del Estado, en nombre del Estado boliviano, presentó este viernes, en la Corte Penal Internacional (CPI), con sede La Haya (Holanda), una demanda contra el expresidente Evo Morales, y los dirigentes de la Central Obrera Boliviana (COB), Juan Carlos Guarachi, y de los cocaleros del Chapare, Leonardo Loza, por “los delitos de lesa humanidad por actos inhumanos”.

“Nos hemos constituido a la sede de la CPI y presentamos, en representación del Estado boliviano, la denuncia por la acusación de delitos de lesa humanidad por actos inhumanos en contra de Evo Morales y el señor (Juan Carlos) Huarachi”, sostuvo el procurador general del Estado, José María Cabrera.

El procurador fue recibido en audiencia oficial por la fiscal general de la CPI, Fatou Bensouda, a quien presentó la denuncia en representación jurídica del Estado Boliviano en contra de Morales, “prófugo de la justicia boliviana, por el delito de lesa humanidad por actos inhumanos”.

La Procuraduría informó que el delito de “lesa humanidad” se perpetró mediante “cercos en las diferentes ciudades del país y bloqueo de carreteras, que durante más de 10 días impidieron el paso de suministro de alimentos, oxígeno medicinal, circulación de ambulancias, médicos y paramédicos”, en plena pandemia por el coronavirus, y “esta situación provocó el sufrimiento de poblaciones afectadas y derivó en la muerte de al menos 40 pacientes por la falta de atención médica”.

Cabrera informó que “no pueden quedar impunes los actos inhumanos y tremenda crueldad (cerco de ciudades y bloqueo de oxígeno) (...) la CPI tiene competencia para que estas personas acusadas, sean gobernantes o exgobernantes, respondan ante la justicia”.

La Procuraduría denunció contra Evo Morales, Juan Carlos Huarachi y Leonardo Loza por el “ataque sistemático contra el pueblo boliviano”, con el bloqueo de carreteras entre el 3 de agosto y el 12 del mismo mes, en demanda del cambio de fecha de elecciones, que finalmente fue ratificado para el 18 de octubre.

En ese entendido, la demanda solicita a la fiscal general de la CPI, Fatou Bensouda, que admita esta denuncia por delitos contemplados en el Artículo 7 del Estatuto de Roma, el instrumento internacional que da vida a la CPI y que fue ratificado por Bolivia, en mayo de 2002.

La Corte Penal Internacional es un organismo internacional de carácter judicial creado en virtud del Estatuto de Roma del 17 de julio de 1998, del cual Bolivia es signatario y miembro fundador, ratificando el mismo mediante la Ley 2398 del 23 de mayo de 2002, aceptando y reconociendo la jurisdicción internacional de esta Alta Corte.

“Ante la imposibilidad de aplicar la justicia al interior del país y conocida la parcialidad, se habilita esta vía internacional”, dijo el procurador Cabrera.

De este modo, la demanda, que contiene un amplio legajo de pruebas, fue planteada bajo la figura legal específica de “actos inhumanos (...) que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental” y enuncia una serie de hechos que llegaron a provocar el fallecimiento de 40 personas por falta de oxígeno.

A partir de la fecha, la Fiscalía General de la Corte Penal Internacional deberá realizar la investigación preliminar de este caso internacional, señaló la Procuraduría mediante nota de prensa.

Esa instancia internacional con sede en Holanda puede ejercer su competencia únicamente con respecto a los crímenes de lesa humanidad para que éstos no queden impunes y se imponga la justicia en contra de aquellos exgobernantes que hubieran causado grandes sufrimientos a sus pobladores, informó el procurador.

Competencias y procedimientos de la CPI

La Corte Penal Internacional (CPI), con sede en La Haya, es un tribunal de justicia internacional permanente cuya misión es investigar y juzgar a personas acusadas de  lesa humanidad, genocidio, crímenes de guerra y de agresión, bajo los principios del Estatuto de Roma (ER).

Esta entidad fue creada el 17 de julio de 1998 por iniciativa de Naciones Unidas (ONU), pero es independiente de esa organización. La CPI no debe confundirse con la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que es el principal órgano judicial de la ONU, que juzga diferendos entre Estados.

A la fecha, 139 países ratificaron el Estatuto de Roma y la jurisdicción de la Corte Penal, incluida Bolivia. Estas naciones declaran, en esta normativa internacional, que los "crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional no deben quedar sin castigo y que se deben adoptar medidas nacionales e intensificar la cooperación internacional para asegurar que sean efectivamente sometidos a la acción de la justicia".

La CPI solo podrá ejercer su competencia si el acusado es ciudadano de un Estado Parte, si el crimen fue cometido en el territorio de un Estado Parte o si Consejo de Seguridad de la ONU remitió la situación al Fiscal, más allá de la nacionalidad del responsable o la locación del crimen.

Al respecto, el Gobierno boliviano presentó una denuncia de crímenes de lesa humanidad ante la Fiscalía de la CPI contra el expresidente Evo Morales, el dirigente cocalero Leonardo Loza y el secretario general de la Central Obrera Boliviana (COB), Juan Carlos Huarachi.
Proceso
* Un Estado puede presentar una denuncia -en este caso por crímenes de lesa humanidad- ante la Fiscalía de la Corte Penal.
* La Fiscalía deberá evaluar si la denuncia tiene suficiente base probatoria; en caso que amerite, esta instancia instruirá un análisis jurídico de los hechos denunciados.
* Si la Fiscalía Internacional comprueba que se agotaron las instancias internas del Estado, se procederá a iniciar un examen preliminar.
* La investigación por parte de la Fiscalía se activará una vez que se cumplan los dos procedimientos anteriores, bajo el principio de complementariedad.
* La Fiscalía Internacional no establece plazos procesales y el curso de cada paso puede durar meses, incluso, años.



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