Política | 02/09/2020

El MAS se rehúsa a que le apliquen las normas con las que anuló a sus adversarios

Pese a haberlas aprobado, el Movimiento Al Socialismo observa la Constitución Política del Estado y la Ley de Régimen Electoral para habilitar como candidato a senador a Evo Morales y evitar la pérdida de su personalidad jurídica

Luis Arce y Evo Morales. Foto: Infobae

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Brújula Digital |02|09|20|

El expresidente Evo Morales y el Movimiento Al Socialismo (MAS) se rehúsan a que se les apliquen dos leyes que su mismo partido político empleó para anular a sus adversarios para elecciones de autoridades subnacionales de 2015.

Por un lado, Morales libró una batalla legal para ser habilitado como candidato a primer senador del MAS por Cochabamba en las elecciones generales del 18 de octubre próximo, luego de que el 20 de febrero de este año el Tribunal Supremo Electoral (TSE) lo inhabilitó por incumplir el requisito de residencia permanente de 2 años en la circunscripción por la que pretende ser elegido.

La Constitución Política del Estado, modificada y aprobada por la Asamblea Constituyente y puesta en vigencia en la gestión gubernamental de Morales, establece en su artículo 149 que: “Para ser candidata o candidato a la Asamblea Legislativa Plurinacional se requerirá cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con dieciocho años de edad cumplidos al momento de la elección, haber residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente”.

Con la aplicación de esta normativa, en enero de 2015, dos candidatos contrarios al MAS para las elecciones subnacionales de ese año fueron inhabilitados. Se trató de los exasambleístas del MAS Rebeca Delgado, quien pretendía postularse a la Alcaldía de la ciudad de Cochabamba, y Eduardo Maldonado, quien aspiraba a la Alcaldía de la ciudad de Potosí. Delgado salió de las filas del MAS por tener posturas diferentes a la línea de ese partido y pertenecer a los “librepensantes”.

La inhabilitación de Delgado y Maldonado tuvo lugar cuando el TSE estaba presidido por Wilfredo Ovando, vocal designado por Morales como su delegado en el ente electoral y cuestionado porque apareció en fotografías cuando hacía campaña a favor del MAS. Las autoridades electorales desestimaron el hecho de que ambos asambleístas debieron asistir a sesiones a la ciudad de La Paz, por lo que argumentaron que su radicatoria no fue permanente de dos años en las ciudades en las que iban a postularse.

Ahora, en el caso de Morales su situación se complicó aún más porque, desde noviembre de 2019, dejó de radicar en el país, luego de que renunció a la Presidencia tras ser acusado de protagonizar un fraude electoral en las elecciones de octubre de ese año.

Por ese motivo, su defensa interpuso una acción de amparo constitucional, recurso que tuvo un empate en la votación de los vocales de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz el martes. Lo que prevé la normativa es la convocatoria a un juez dirimidor para que éste defina si es procedente o no ese amparo. Si se da curso a la acción, Morales podrá habilitarse como candidato a senador.

Difusión de encuestas

Por otro lado, se tiene el caso de la denuncia contra el candidato presidencial del MAS, Luis Arce, quien el 14 de julio de este año comentó en un medio de comunicación los resultados de unas encuestas que su partido realizó con miras a las elecciones generales.

Para este tipo de faltas, el parágrafo III del artículo 136 de la Ley 026 de Régimen Electoral, que también fue aprobado por el MAS y que rige desde 2010, estipula que: “Las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica; además, serán sancionadas con una multa equivalente al doble del monto resultante de la tarifa más alta inscrita por el medio de difusión en el Órgano Electoral Plurinacional por el tiempo o espacio dedicado a la difusión de tales estudios”.

Con la aplicación de esta normativa, en 2015 se inhabilitó a 228 candidatos de Unidad Demócrata (UD) en el departamento del Beni, luego de que su candidato Carmelo Lens dio a conocer los resultados de una encuesta. En ese año, UD era el principal frente opositor al MAS en territorio beniano.

Ahora, cuando Arce se vio implicado en este caso, el MAS demandó la inconstitucionalidad concreta de esa normativa. Por ese motivo, las autoridades del TSE enviaron la demanda en contra del presidenciable del MAS y otras tres denuncias similares, en contra de otros postulantes, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), para que sea esa instancia la que defina si la normativa observada es inconstitucional.

En este caso, para no perder su personaría jurídica, el MAS debe esperar que el TCP declare inconstitucional la norma que aprobó y se aplicó en contra de su rival político beniano en 2015.

BD/JJC

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