Política | 21/08/2020

Vásquez: el juicio por estupro procede cuando la denuncia lo interpone la víctima o su familia

El exministro de Justicia aclara que la denuncia por este delito no puede ser interpuesto por otra persona. Advierte que si Morales tiene calidad de refugiado, se complica un proceso de extradición

El exministro Luis Vásquez. Foto: Página Siete

bannercenter
pub_h_mob
Brújula Digital |21|08|20|

En abogado y exministro de Justicia Luis Vásquez aclaró este viernes que el juicio por estupro procede cuando la denuncia es presentada por la víctima o su familia. La precisión de la exautoridad fue hecha cuando se refirió a la denuncia que fue interpuesta el jueves por el Gobierno en contra del expresidente Evo Morales, quien supuestamente inició una relación amorosa con Noemí M. cuando ésta tenía 14 años.

Vásquez explicó que el artículo 19 del Código de Procedimiento Penal establece este aspecto, para el inicio de un proceso por el delito de estupro. 

El citado artículo, que se refiere específicamente a “delitos de acción pública a instancia de parte”, establece que “son delitos de acción pública a instancia de parte: el abandono de familia, incumplimiento de deberes de asistencia, abandono de mujer embarazada, violación, abuso deshonesto, estupro, rapto impropio, rapto con mira matrimonial, corrupción de mayores y proxenetismo”.

Ese componente, de “instancia de parte” del artículo 19, hace que la denuncia deba ser presentada por la víctima o la familia de la víctima y no por otra persona, explicó Vásquez en una entrevista con radio Panamericana.

“Yo entiendo a veces la necesidad de aparecer públicamente en un escenario y hacer declaraciones de que vamos a hacer un juicio por esto o por lo otro y especular; pero es bueno tener un asesoramiento jurídico serio, antes de manifestar ese hecho porque luego conduce a frustraciones a la gente, que cree por ejemplo que el juicio por estupro ya va a empezar o que le van a traer a Evo morales”, declaró Vásquez.

Otra precisión que hizo Vásquez es que el delito de estupro se da cuando el acusado consumó una relación sexual con la víctima, cuya edad no pase de los 17 años. Por ese motivo indicó que este elemento debe ser establecido en la investigación, pues no solo se trata de haya tenido una relación amorosa.

Otro aspecto que fue destacado por el exministro de Justicia es el hecho de que, si se instala un proceso en contra de Morales por este caso, su extradición desde Argentina procederá sólo si es que el expresidente no tiene el estatus de refugiado.

Por ese motivo, Vásquez sostuvo que es importante también definir la situación exacta en la que Morales se encuentra en Argentina, país al que llegó en diciembre de 2019. En ese entonces se indicó que llegó al país vecino en calidad de asilado político. 

“El país tiene todo el derecho de pedir a Argentina que (el expresidente) sea extraditado a nuestro país para responder a una acusación penal, en el marco de un procedimiento que está siendo llevado a través de la Constitución Política del Estado… tengo entendido que la calidad que le han dado en Argentina (a Morales) es de refugio, si está en esa condición, de acuerdo a la Convención de Ginebra sobre el Estatuto del Refugiado, se tendrá problemas de extradición”, complementó Vásquez.

BD/JJC

bannercenter
pub_h_mob


bannercenter
pub_h_mob
pub_med
pub_med
pub_med
pub_med
@brjula.digital.bo
pub_med
pub_med
pub_med
pub_med