Política | 15/07/2020

Senado aprueba proyecto de ley para que ministro censurado no sea posesionado nuevamente

La norma establece que los ministros censurados deben ser destituidos en 24 horas y no podrán asumir similares cargos en los próximos tres años. En los 14 años del gobierno del MAS 26 ministros fueron interpelados y ninguno fue censurado.

El Senado tiene dos tercios de legisladores del MAS. Foto: Senado

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Brújula Digital |15|07|20|

La Cámara de Senadores, controlado por el MAS, aprobó la noche del martes un proyecto de ley que impide que un ministro censurado sea posesionado nuevamente en el cargo y exige al Ejecutivo la destitución en un plazo de 24 horas.

El artículo 3 del proyecto de ley señala que “la Presidenta o Presidente del Estado cuenta con un máximo de 24 horas, tras haber conocido de manera formal sobre la censura, para destituir al ministro o ministra, no pudiendo posesionarlo nuevamente hasta los tres años posterior a su destitución”.

El proyecto de ley fue remitido a la Cámara de Diputados para su revisión. En ambas cámaras, el Movimiento Al Socialismo tiene mayoría de legisladores.

El pasado 10 de marzo de 2020, la presidenta Jeanine Áñez posesionó nuevamente a Luis Fernando López como ministro de Defensa después que el MAS en la Asamblea Legislativa lo censurara tras una interpelación a la que no asistió.

En los 14 años del gobierno ininterrumpido del MAS, 26 ministros de Evo Morales fueron interpelados, en 47 ocasiones, ninguno fue censurado y las autoridades salían aplaudidas pese a que sobre ellas hay denuncias de corrupción, como son los casos de Nemecia Achacollo, por el desfalco millonario en el Fondo Indígena,  o Juan Ramón Quintana, por el caso Gabriela Zapata, la exnovia del exmandatario. Entre el 2006 y 2019 el Legislativo siempre estuvo controlado por el partido azul.

Evo Morales dijo en una ocasión que la interpelación de sus ministros, a solicitud de los ahora oficialistas, “es señal de que están trabajando”. Incluso afirmaba que estos actos fortalecían su confianza en ellos.

La norma tiene como objeto regular los efectos de la censura realizada por el Legislativo, según una nota de prensa del Senado. Asimismo, continúa, su fin es resguardar la gestión transparente, eficiente y efectiva del Ejecutivo, para beneficiar a la población, precautelando el cumplimiento de las decisiones asumidas por la Asamblea.

La norma también establece, según el Senado, que la autoridad encargada de las designaciones de máximas autoridades ejecutivas de instituciones y empresas públicas, no podrá designar en éste cargo a quien hubiera sido censurado por el Legislativo, en los tres años posteriores a su destitución. Tras su aprobación, el proyecto de ley fue remitido a la Cámara de Diputados para su revisión.



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